Dt 8 Impulso para la sostenibilidad del territorio
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»D.T. 8ª. Comisiones Provinciales de Valoraciones.
Vigente
Hasta que se desarrolle reglamentariamente lo establecido en la disposición adicional quinta, a las Comisiones Provinciales de Valoraciones les será de aplicación el Decreto 164/2018, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Valoraciones, en lo que no se oponga a lo dispuesto en la mencionada disposición adicional quinta.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-12-2021 en vigor desde 23-12-2021