Dt 8 Función pública vasca -Derogada-
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA OCTAVA.
Vigente
Al personal que acceda a la condición de funcionario o laboral al amparo de las presentes disposiciones transitorias le serán reconocidos a efectos de trienios y antigüedad los servicios prestados en cualquier Administración Pública.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-07-1989 en vigor desde 29-07-1989