Dt 7 TR de la Ley sobre e...ión Urbana

Dt 7 TR. de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana

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D.T. Séptima. Obligatoriedad del Plan General

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Todos los municipios en los que, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de esta Ley, hubieran de regir las normas sobre áreas de reparto y cálculo del aprovechamiento tipo en suelo urbano, deberán disponer de Plan General adaptado a la presente Ley en el plazo máximo de tres años a contar desde la entrada en vigor de la Ley 8/1990, de 25 de julio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-06-1992 en vigor desde 01-07-1992