Dt 7 TR de la Ley de orde... y paisaje

Dt 7 TR. de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 7ª. Aplicación de este texto refundido a los catálogos de protección.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las determinaciones contenidas en el anexo VI de este texto refundido relativo a las fichas del catálogo de protecciones resultarán de obligado cumplimiento para los nuevos catálogos que se tramiten a partir del 20 de agosto de 2014 y para la revisión global de catálogos que cuenten con aprobación definitiva anterior. La modificación puntual de un catálogo deberá realizarse atendiendo a la ficha correspondiente contenida en el anexo VI de este texto refundido, la parte del catálogo que no es objeto de la modificación podrá mantenerse en los términos en que se aprobó.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-2021 en vigor desde 17-07-2021