Dt 7 Reglamento de Residuos
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D.T. 7ª. Grupos de gestión de plásticos agrícolas.

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Los grupos de gestión de plásticos agrícolas que se hayan autorizado de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 104/2000, de 21 de marzo, por el que se regulan las autorizaciones administrativas de las actividades de valorización y eliminación de residuos y la gestión de residuos plásticos agrícolas, dispondrán de un plazo de seis meses para adaptarse al presente Decreto, desde su entrada en vigor.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-04-2012 en vigor desde 26-05-2012