Dt 7 Reglamento general de aplicación de la Ley de caza
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»D.T. 7ª.
Vigente
Las adjudicaciones del aprovechamiento cinegético de zonas de caza controlada a sociedades colaboradoras realizadas con anterioridad a la entrada en vigor de este Reglamento mantendrán su vigencia hasta la caducidad del plazo por el que se produjeron, siempre que la sociedad cumpla lo establecido en la disposición transitoria novena.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-12-1996 en vigor desde 31-03-1997