Dt 7 Haciendas Locales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 7ª.
Vigente
Hasta que el Gobierno de Navarra establezca la estructura presupuestaria y realice el desarrollo normativo previsto en el título tercero de esta Ley Foral, las entidades locales continuarán rigiéndose por la normativa actual.
El establecimiento de la estructura y el desarrollo de la normativa a que se hace referencia en el párrafo anterior deberá tener lugar en el plazo máximo de un año.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-03-1995 en vigor desde 01-01-1996