Dt 7 Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos
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»D.T. 7ª
Vigente
Desde la entrada en vigor de esta ley, el órgano competente en materia medioambiental deberá adaptar su normativa, en el plazo de un año, al efecto de coordinar la regulación sobre protección contra la contaminación acústica con la que se deriva de la presente norma.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 7ª (se añade)) por LEY 6/2018, de 12 de marzo, de la Generalitat, de modificación de la Ley 14/2010, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. [2018/2754]
(DOGV de 16-03-2018) en vigor desde 17-03-2018 - Texto Original. Publicado el 10-12-2010 en vigor desde 17-03-2018