Dt 7 Desarrollo de la normativa de juventud y de tiempo libre
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»D.T. 7ª. Entidades adheridas al Programa Carné Joven
Vigente
Las entidades que con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto hayan obtenido la condición de entidades adheridas siguen teniendo la misma condición, con las mismas condiciones pactadas en el convenio de adhesión, y deben aplicar los descuentos o las contraprestaciones sobre sus productos o servicios a las personas titulares del Carné Joven vigente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-07-2018 en vigor desde 08-07-2018