Dt 7 Administración Local

Dt 7 Administración Local

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 7ª.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En materia de aprovechamiento de la caza a que se refiere el artículo 171, y hasta tanto se dicte la normativa que lo sustituya, continuará en vigor el contenido de la Norma del Parlamento Foral de Navarra de 17 de marzo de 1981 y sus disposiciones complementarias, con exclusión de la referencia que dicha Norma hace al articulado del Reglamento para la Administración Municipal de Navarra.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-07-1990 en vigor desde 01-10-1990