Dt 7 Actividad física y deporte de Aragón
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»D.T. 7ª. Procedimientos administrativos en tramitación.
Vigente
Los procedimientos administrativos iniciados en aplicación de lo dispuesto en la Ley 4/1993, de 16 de marzo, del Deporte en Aragón, continuarán su tramitación conforme a lo establecido en dicha ley hasta su resolución definitiva.
No obstante lo anterior, cuando se trate de procedimientos sancionadores y disciplinarios, será de aplicación la presente ley en todo aquello que sea más favorable para la persona física o jurídica sobre la que se ejerza el régimen disciplinario deportivo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-12-2018 en vigor desde 20-12-2018