Dt 6 Simplificación Urbanística y Medidas Administrativas
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»D.T. 6ª. Régimen del suelo de núcleos tradicionales rurales no irregulares.
Vigente
A los núcleos tradicionales rurales no irregulares se les aplicará el régimen urbanístico del suelo rústico hasta la entrada en vigor de los instrumentos de planeamiento que los regulen conforme a las determinaciones de la presente ley.