Dt 6 Reglamento de Residuos
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D.T. 6ª. Firma de convenios marco para sistemas de gestión autorizados.

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Para los sistemas de gestión ya autorizados en el momento de la publicación del presente Decreto, el plazo previsto para la firma de los convenios marco regulados en el artículo 72 será de tres meses a contar desde su entrada en vigor.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-04-2012 en vigor desde 26-05-2012