Dt 6 Patrimonio Histórico...-Derogada-

Dt 6 Patrimonio Histórico 1998 de Madrid -Derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 6ª.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobará, en el plazo máximo de un año, a partir de la publicación de la presente Ley en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», los reglamentos de desarrollo que se especifican en su articulado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-1998 en vigor desde 16-07-1998