Dt 6 Función Pública Canaria

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D.T. 6ª.

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El régimen transitorio de jubilaciones se regirá por las normas previstas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-04-1987 en vigor desde 04-04-1987