Dt 5 Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa
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»D.T. 5ª. Notificaciones en el ámbito tributario.
Vigente
El artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en la redacción que resulta de la presente Ley, se aplicará a todas las notificaciones que hayan de practicarse por las administraciones tributarias a partir de la entrada en vigor, aunque los procedimientos tributarios se hubieren iniciado con anterioridad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-09-2014 en vigor desde 18-09-2014