Dt 5 Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 5ª. Programas tramitados con la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística
Vigente
A partir de la entrada en vigor de esta ley los ayuntamientos ya no podrán adjudicar ningún programa de actuación integrada que haya sido tramitado al amparo de la Ley 6/1994, de 15 de noviembre, reguladora de la actividad urbanística, salvo aquellos que cuenten con aprobación y adjudicación municipal condicionada a la aprobación por la consellería competente en materia de urbanismo del instrumento de planeamiento que los acompaña, en cuyo caso podrán concluir su tramitación de acuerdo con aquella ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-2014 en vigor desde 20-08-2014