Dt 5 Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Reclasificaciones de suelo.
Vigente
Los municipios cuyos planes generales no estén adaptados a la Ley de la Generalitat 6/1994, de 15 de noviembre, Reguladora de la Actividad Urbanística, o cuyas directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y de ocupación del territorio no contuvieran los criterios a tener en cuenta ante los eventuales cambios de planeamiento, tendentes a reclasificar suelo, que puedan sobrevenir, previstos en el artículo 7.1.B del Reglamento de Planeamiento de la Comunidad Valenciana quedan eximidos de la exigencia a la que se refiere el artículo 13.5 de esta Ley durante un año a contar desde su entrada en vigor.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-07-2004 en vigor desde 03-07-2004