Dt 5 Ordenación Sanitaria de Madrid

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D.T. 5ª. Implantación del modelo de compra de los servicios sanitarios.

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El Sistema Madrileño de Salud implantará de manera paulatina y progresiva el modelo de compra de servicios sanitarios con la Red Sanitaria Única de Utilización Pública reflejado en esta Ley, con el objeto de adaptar el nuevo modelo a los recursos transferidos. A tal efecto, y hasta que se desarrolle reglamentariamente el contrato sanitario, el Servicio Madrileño de Salud se relacionará con los centros asistenciales públicos, a través de las correspondientes subvenciones nominativas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 26-12-2001