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Dt 5 Medidas fiscales, financieras y administrativas

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D.T. 5ª. Habilitación del consejero del departamento competente en materia de justicia en cuanto a la estructura y organización de la oficina judicial

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Se habilita el consejero del departamento competente en materia de justicia para que, durante el 2015, pueda suprimir, total o parcialmente, los ámbitos piloto de trabajo que se hayan implantado antes de la entrada en vigor del Decreto 169/2010, de 16 de noviembre, sobre estructura y organización de la oficina judicial en Cataluña, de acuerdo con las necesidades organizativas y técnicas detectadas en el partido judicial, antes de que se dicte la orden a la que se refiere el artículo 7.2 de dicho decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-03-2015 en vigor desde 14-03-2015