Dt 5 Ley de arrendamientos urbanos

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D.T. 5ª. Arrendamientos de viviendas de protección oficial.

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Los arrendamientos de viviendas de protección oficial que subsistan a la entrada en vigor de la presente ley continuarán rigiéndose por la normativa que les viniera siendo de aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-11-1994 en vigor desde 01-01-1995