Dt 5 Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales
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»D.T. 5ª. Límite de ingresos anuales para la adjudicación de una vivienda vacante por causa de emergencia social.
Vigente
En tanto se determine reglamentariamente, el límite de ingresos anuales para la adjudicación de una vivienda vacante por causa de emergencia social será de 2 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) ponderado según las personas de la unidad económica de convivencia independiente. En los supuestos de mujeres víctimas de violencia de género, los ingresos anuales no serán superiores a 3 veces el IPREM.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-07-2021 en vigor desde 12-07-2022