Dt 5 Economía sostenible

Dt 5 Economía sostenible

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 5ª. Procedimiento de presentación de reclamaciones ante el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Hasta la aprobación de las disposiciones reglamentarias a las que se refiere el artículo 30.2 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, en la redacción dada por la disposición final undécima de esta Ley, continuará aplicándose el procedimiento previsto en los artículos 7 a 15 del Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-03-2011 en vigor desde 06-03-2011