Dt 5 Caza de Aragón

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D.T. 5ª. Licencias de caza.

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Las licencias de caza expedidas con anterioridad a la publicación de esta ley tendrán vigencia hasta el fin del período de validez que tuvieran en el momento de su expedición.

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  • Texto Original. Publicado el 25-03-2015 en vigor desde 14-04-2015