Dt 5 Acceso y ejercicio de las profesiones del deporte
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»D.T. 5ª.-Voluntariado.
Vigente
Las habilitaciones provisionales y reconocimientos de las competencias, previstas para las y los profesionales del deporte en las disposiciones transitorias primera y segunda también serán de aplicación a las personas que realicen las actividades profesionales contempladas en esta ley foral en régimen de voluntariado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2019 en vigor desde 12-04-2019