Dt 4 Vivienda de Canarias
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Requisitos básicos de la edificación y calidad de las viviendas.
Vigente
En tanto que el Gobierno no establezca en desarrollo de normativa básica estatal otros requisitos a que se deban someter las edificaciones, serán de aplicación en Canarias las normas básicas estatales de ordenación de la edificación y en particular las que se enumeran a continuación:
NBE-CT-79 Condiciones térmicas en los edificios.
NBE-CA-88 Condiciones acústicas en los edificios.
NBE-AE-88 Acciones en la edificación.
NBE-FL-90 Muros resistentes en la fábrica de ladrillo.
NBE-QB-90 Cubiertas con materiales bituminosos.
NBE-EA-95 Estructuras de acero en edificación.
NBE-CPI-96 Condiciones de protección contra incendios en los edificios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-02-2003 en vigor desde 10-03-2003