Dt 4 TR. de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo
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»D.T. 4ª.- Autorizaciones en suelo no urbanizable que han agotado el plazo.
Vigente
Las autorizaciones de suelo no urbanizable que a la entrada en vigor de la Ley Foral 5/2015, de 5 de marzo, hayan agotado el plazo máximo de dos años desde su otorgamiento sin haberse ejecutado y no hayan sido expresamente prorrogadas en el plazo máximo de dos meses concedido al efecto agotarán automáticamente sus efectos y devendrán ineficaces.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-08-2017 en vigor desde 01-09-2017