Dt 4 Servicios sociales comunitarios
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Presentación del proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales en el primer ejercicio en que entre en vigor el Decreto.
Vigente
En el primer ejercicio en que entre en vigor este Decreto el plazo para la presentación del proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales, a que se refiere el artículo 43, se sustituirá por el plazo de un mes, contado a partir de la entrada en vigor de este Decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-03-2012 en vigor desde 31-03-2012