Dt 4 Servicios sociales comunitarios

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Presentación del proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales en el primer ejercicio en que entre en vigor el Decreto.

Vigente

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En el primer ejercicio en que entre en vigor este Decreto el plazo para la presentación del proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales, a que se refiere el artículo 43, se sustituirá por el plazo de un mes, contado a partir de la entrada en vigor de este Decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-03-2012 en vigor desde 31-03-2012