Dt 4 Reglamento de la Inf...Industrial

Dt 4 Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial

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D.T. 4ª.

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Las certificaciones de conformidad que se establecen como sustitutorias de las figuras de homologación de producto, homologación de tipo y registro de tipo en la disposición adicional quinta de este real decreto, serán sustituidas, hasta el funcionamiento de los organismos de control correspondientes establecidos en el capítulo IV del Reglamento, por la presentación, ante el órgano competente de la comunidad autónoma o ciudad autónoma correspondiente, de una declaración responsable, que deberá estar disponible para las personas consumidoras, en la que el operador económico responsable de la puesta en el mercado del producto declare que el producto cumple los requisitos que se exigen en las disposiciones reglamentarias de seguridad industrial correspondientes y que dispone de la documentación que así lo demuestra. Esta documentación deberá estar debidamente actualizada de acuerdo a los requisitos reglamentarios correspondientes y estar disponible para su presentación inmediata ante la Administración competente cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control.