Dt 4 Régimen Local

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D.T. 4ª.

Vigente

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En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, las mancomunidades municipales existentes deberán adaptar sus Estatutos a lo dispuesto en la misma.

A estos efectos, las convocatorias de ayudas que realice la Junta de Castilla y León a partir de dicha fecha, exigirán la acreditación del cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-06-1998 en vigor desde 12-06-1998