Dt 4 Ordenación Farmacéutica de Cantabria
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»D.T. 4ª. Participación en la primera convocatoria de nueva oficina de farmacia.
Vigente
No podrán participar en la primera convocatoria para la autorización de una nueva oficina de farmacia, los farmacéuticos que hayan transmitido su titularidad o cotitularidad en el plazo de un año antes de la entrada en vigor del Reglamento que desarrolle la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2001 en vigor desde 16-01-2006