Dt 4 Ordenación Farmacéutica de C. León
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»D.T. 4ª.
Vigente
Los botiquines que a la entrada en vigor de la presente Ley estén vinculados a una oficina de farmacia, mantendrán su vinculación a la misma salvo renuncia expresa del farmacéutico responsable.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 15-01-2002