Dt 4 Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA.
Vigente
El Gobierno de Canarias, con cargo a sus fondos, garantizará a todas las islas una asignación equivalente a la que vinieran percibiendo en el ejercicio que finaliza el 31 de diciembre de 2002 en concepto de los recursos a que esta Ley hace referencia, estableciendo a tales efectos los mecanismos compensatorios correspondientes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-04-2003 en vigor desde 17-04-2003