Dt 4 Medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas
Dt 4 Medidas en materia t...istrativas

Dt 4 Medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 4ª. Ejecución y liquidación presupuestaria del Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. En tanto no se apruebe un nuevo presupuesto de la consejería competente en materia de vivienda en la correspondiente ley anual de presupuestos de la Comunidad Autónoma, las dotaciones presupuestarias para la ejecución de las funciones que se le asignen como consecuencia de la extinción del Instituto de Vivienda y Suelo serán las consignadas en los programas de gasto cuya gestión corresponda a dicho organismo autónomo a la fecha en que se realicen las modificaciones a que se refiere el párrafo siguiente.

A tal fin, se autoriza a la Consejería de Economía y Hacienda para realizar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en el presupuesto del organismo autónomo Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia, para posibilitar el ejercicio de las funciones atribuidas por esta ley a la consejería competente en materia de vivienda. El presupuesto del Instituto de Vivienda y Suelo correspondiente a 2013 se liquidará a la fecha en que se realicen dichas modificaciones. En tanto no realicen las mismas, se faculta al consejero competente en materia de vivienda u órgano directivo en que delegue para la gestión de dichos créditos.

Mediante orden del consejero competente en materia de vivienda, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, se materializará la reversión del traspaso efectivo de competencias y funciones de la consejería al organismo autónomo Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia.

2. En tanto no se realicen las modificaciones necesarias, la contabilización de las operaciones derivadas de la gestión de los ingresos atribuidos al Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia continuará realizándose en el correspondiente sistema de información contable en la forma y a través de los mismos procedimientos que se vienen utilizando a la entrada en vigor de la presente ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-07-2013 en vigor desde 11-07-2013