Dt 4 Medidas Fiscales y Administrativas 2011 de Aragón
Dt 4 Medidas Fiscales y A... de Aragón

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D.T. 4ª.- Graduación temporal de la efectividad de determinadas medidas fiscales.

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1. Los beneficios fiscales regulados en la presente ley serán efectivos desde el 1 de enero de 2012.

2. El tipo de gravamen contemplado para las apuestas basadas en acontecimientos deportivos, de competición o de otra índole, reguladas en el artículo 140-3 del Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, será aplicable a partir del trimestre siguiente al de la entrada en vigor de la presente ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-03-2012 en vigor desde 20-03-2012