Dt 4 Desarrollo de la Ley 4/2007, de coordinación de policías locales
Dt 4 Desarrollo de la Ley...as locales

Dt 4 Desarrollo de la Ley 4/2007, de coordinación de policías locales

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D.T. 4ª. Integración de los funcionarios/as de los cuerpos de policía local.

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1. Para facilitar la posibilidad de la integración del personal funcionario que carezca de la titulación correspondiente, y también a efectos de promoción interna, por la Academia Gallega de Seguridad Pública se organizarán, de resultar necesario, tres cursos de dispensa de la titulación de bachiller, y dos para las de diplomado y licenciado, que deberán desarrollarse en el plazo de tres años desde la entrada en vigor de la Ley 4/2007. Los/las funcionarios/as que no superen el curso podrán participar nuevamente y por una sola vez en un curso de una convocatoria posterior; para los/las funcionarios/as que participen por primera vez en un curso de la última convocatoria y no lo superen, la Academia Gallega de Seguridad Pública realizará una convocatoria extraordinaria.

2. Esta dispensa de titulación sólo podrá utilizarse para la promoción a la categoría inmediata superior a la que se ostentaba a la entrada en vigor de la Ley 4/2007, para la que se exija la titulación de la que se dispensa, y su validez se restringe a los efectos previstos en esta disposición.

3. Dicha dispensa permitirá también participar en los concursos para la movilidad horizontal entre los cuerpos de policía local de Galicia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-10-2008 en vigor desde 19-11-2008