Dt 4 Deporte de Euskadi -Derogada-
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»D.T. 4ª. Expedientes disciplinarios y sancionadores.
Vigente
Los expedientes disciplinarios y sancionadores incoados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley seguirán tramitándose conforme a la normativa sustantiva anterior, sin perjuicio de la aplicación de las previsiones de esta ley cuando resulten más favorables al expedientado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-06-1998 en vigor desde 15-07-1998