D.T. 4ª. Régimen de personal laboral de la AECID hasta la aprobación del convenio colectivo propio.
Vigente
Tiempo de lectura: 1 min
Tiempo de lectura: 1 min
Hasta la aprobación del convenio colectivo propio para el personal laboral de la AECID, este personal laboral mantendrá los mismos derechos y obligaciones a los que esté sujeto en el momento de entrada en vigor de esta ley.