Dt 4 Cambio climático y t...energética

Dt 4 Cambio climático y transición energética

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 4ª. Adecuación de las centrales térmicas

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Hasta que se apruebe y entre en vigor el Plan Director Sectorial de Energía adaptado a lo que prevé esta ley, el Gobierno podrá establecer por decreto, previo informe del Comité de Expertos para la Transición Energética y el Cambio Climático, las condiciones óptimas que, de acuerdo con el artículo 56 de esta ley, deben cumplir las centrales térmicas existentes en las Illes Balears que sean altamente contaminantes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-03-2019 en vigor desde 02-05-2019