Dt 4 Agencia Catalana de Turismo
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Continuidad en las funciones del personal de las oficinas de turismo.
Vigente
El personal que presta servicios en las oficinas de turismo sigue ejerciendo sus funciones mientras no se provean los correspondientes puestos de trabajo mediante el proceso selectivo establecido por la disposición transitoria tercera.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-12-2007 en vigor desde 18-12-2007