Dt 4 Actividad física y deporte de Euskadi
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»D.T. 4ª. Nueva denominación del Servicio de la Agencia Vasca de Actividad Física.
Vigente
El actual Servicio de Actividad Física previsto en el artículo 9.2.e del Decreto 73/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística, se denominará, a partir de la entrada en vigor de la presente ley, como Servicio de la Agencia Vasca de Actividad Física.