Dt 3 Turismo de Galicia -Derogada-
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA.
Vigente
El personal de la Xunta de Galicia que a la entrada en vigor de esta Ley desempeñe puestos con carácter definitivo y con funciones de inspección turística seguirá desempeñando dichas funciones en la forma y condiciones previstas en esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-12-2008 en vigor desde 19-01-2009