Dt 3 TR de disposiciones ... urbanismo

Dt 3 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 3ª. Actuaciones urbanísticas sistemáticas en ejecución.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Los procedimientos de ejecución del planeamiento que se encuentren iniciados a la entrada en vigor de la Ley del Principado de Asturias 3/2002, de 19 de abril, de Régimen del Suelo y Ordenación Urbanística, se continuarán rigiendo, en cuanto a su funcionamiento y fases, por la normativa anterior a la citada Ley. Se entenderá que se encuentran iniciados los procedimientos en los siguientes casos:

a) Si el sistema de actuación es el de compensación, cuando se hayan aprobado definitivamente los Estatutos y las Bases de actuación de la Junta de Compensación.

b) Si el sistema de actuación es el de cooperación, cuando se haya aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación.

c) Si el sistema de actuación es el de expropiación, cuando se haya formulado el Proyecto de Expropiación.

2. En todo caso, los deberes de los propietarios de terrenos serán los establecidos en este Texto Refundido desde la entrada en vigor de la Ley del Principado de Asturias 3/2002, de 19 de abril, de Régimen del Suelo y Ordenación Urbanística, exigiéndose también dichos deberes en las actuaciones que se encuentren en ejecución a la citada fecha, salvo aquellas en que ya se hubiese aprobado definitivamente el correspondiente proyecto de compensación, reparcelación o expropiación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-04-2004 en vigor desde 28-04-2004