Dt 3 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
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»D.T. 3ª.
Vigente
Cuando los participantes en concursos de traslado o promoción iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento, tuvieran reconocido como mérito preferente el conocimiento del idioma cooficial en una Comunidad Autónoma, distinto del castellano, o del Derecho civil propio, la valoración de dichos méritos se ajustará a las previsiones Título III del Reglamento 1/1995.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011