Dt 3 reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral
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»D.T. 3ª. Excepcionalidad del requisito de edad.
Vigente
A las convocatorias que se realicen durante los años 2009 y 2010, al amparo del procedimiento descrito en el presente real decreto, de evaluación de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel II, se podrán presentar las personas que tengan 19 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-08-2009 en vigor desde 26-08-2009