Dt 3 Protección de los Animales de Compañía
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»D.T. 3ª.
Vigente
La prohibición a la que hacen referencia los artículos 4.q y 25.3.n de la presente ley entrará en vigor el día 31 de enero de 2019.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 3ª (se añade)) por LEY 27/2018, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat. [2018/12241]
(DOGV de 28-12-2018) en vigor desde 01-01-2019 - Texto Original. Publicado el 11-07-1994 en vigor desde 01-01-2019