D.T. 3ª. Exclusión de la negociación voluntaria de aquellas sociedades cuyas acciones estén admitidas a negociación en un SMN.
Vigente
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La aplicación de la regulación prevista en torno a la exclusión voluntaria en relación con los Sistemas Multilaterales de Negociación no se producirá hasta la entrada en vigor del desarrollo reglamentario de la presente norma.