Dt 3 Medidas tributarias,...o regional

Dt 3 Medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional

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D.T. 3ª. Agencia Tributaria, ejecución y liquidación presupuestaria.

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1. En tanto no se apruebe el presupuesto de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia en la correspondiente ley anual de Presupuestos de la Comunidad Autónoma, las dotaciones presupuestarias para la ejecución de sus funciones serán las consignadas en los programas de gasto cuya gestión corresponda a la Dirección General de Tributos y la Agencia Regional de Recaudación a la fecha de entrada en vigor de la presente ley.

A tal fin, se autoriza a la Consejería de Economía y Hacienda para realizar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en el presupuesto del organismo autónomo Agencia Regional de Recaudación, para posibilitar el ejercicio de las funciones atribuidas por esta ley al organismo autónomo Agencia Tributaria de la Región de Murcia.

2. En tanto no se realicen las modificaciones en las aplicaciones informáticas afectadas, la contabilización de las operaciones derivadas de la gestión de los ingresos atribuida a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, continuará realizándose en el sistema de información contable corporativo en la forma y a través de los mismos procedimientos que se vienen utilizando a la entrada en vigor de la presente ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2012 en vigor desde 01-01-2013