Dt 3 Medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica
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»D.T. 3ª. Régimen transitorio de la compensación económica por los gastos de funcionamiento de los servicios de asistencia jurídica gratuita.
Vigente
El importe y procedimiento de pago de la compensación económica por los gastos de funcionamiento de los servicios de asistencia jurídica gratuita será de aplicación a las compensaciones económicas correspondientes a los gastos de funcionamiento generados a los colegios profesionales desde el 1 de enero de 2022.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-12-2021 en vigor desde 18-12-2021