Dt 3 Garantía de Ingresos e Inclusión Social
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»D.T. 3ª.- Consejo Vasco para la Inclusión Social.
Vigente
A la entrada en vigor de la presente ley, la Comisión Permanente de Inserción pasará a constituir el Consejo Vasco para la Inclusión Social, y este adoptará la composición y el funcionamiento de aquella en tanto no se apruebe su normativa específica de funcionamiento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2008 en vigor desde 01-01-2009